A 41 años de último golpe de Estado ¿Cuánto sabemos sobre el origen de las leyes que nos rigen?.

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De las 4.449 leyes vigentes, 417 fueron pensadas, escritas y aprobadas durante la última dictadura cívico militar. Es decir, que casi una de cada diez normas que hoy regulan nuestra sociedad fue creada durante el gobierno de facto más sangriento de la historia argentina y carga con el espíritu de aquella época.

Estas leyes afectan muchos aspectos de la vida cotidiana: desde el funcionamiento de los bancos y la relación del Estado con la Iglesia, hasta la estructura judicial y aduanera. El colectivo de periodistas Sin Fin – junto a Memoria Abierta – identificó esas normas y las hizo accesibles para fomentar el debate sobre la necesidad de que la democracia genere una legislación acorde a los estándares de respeto a los derechos humanos, sociales, culturales y económicos.

Para dar cuenta de los efectos concretos y permanentes de estas leyes en nuestros días, profundizaron sobre tres normas dictadas en la última dictadura que regulan cuestiones fundamentales. Estas son: el actualmente debatido Régimen Penal de Minoridad, la Ley para el Personal de la Policía y la Ley de Entidades Financieras.

El recurso que está disponible en el sitio www.leyesdeladictadura.com permite acceder a una base de datos con la totalidad de las normas sancionadas durante la última dictadura militar que siguen vigentes. Contiene entrevistas a investigadores, abogados, jueces y especialistas que analizan la legalidad y los efectos de estas leyes, así como también permite acceder a fuentes documentales de primera mano para que el interesado pueda indagar por su cuenta.

Las 417 leyes de la última dictadura son apenas la punta de un iceberg que revela una sociedad encorsetada por normas heredadas de gobiernos dictatoriales. Si analizamos todo el digesto jurídico vigente, encontraremos 998 que fueron promovidas por distintos gobiernos de facto. Es decir que casi una de cada cuatro leyes actuales no tienen un origen democrático. A 41 años de último golpe de Estado, el especial “Las leyes de la dictadura” pretende visibilizar esta situación para abrir un debate necesario sobre la importancia de crear leyes democráticas para la democracia. Los invitamos a sumarse a la discusión.

Las leyes de la Dictadura es el primer proyecto de Sin Fin, un colectivo de periodistas dedicados a la investigación de temas de relevancia social y política que busca brindar información de calidad y hacerla accesible de manera sencilla y atractiva.

Los primeros rastros de la responsabilidad empresarial en delitos de lesa humanidad son identificables en los inicios del proceso de memoria, verdad y justicia: la Comisión Nacional sobre la Desaparición de Personas (Conadep) y el Juicio a las Juntas registraron testimonios de trabajadores que habían protagonizado conflictos laborales y que señalaron la responsabilidad de dueños y directivos de las empresas en sus secuestros.

 

Investigación judicial y memoria de los trabajadores

En 1984, el informe Nunca Más, elaborado por la Conadep, registra la existencia de un centro clandestino de detención en los conventillos en los que vivían los trabajadores del Ingenio La Fronterita en Tucumán y el testimonio de los obreros de Acindar, en Santa Fe, que da cuenta de la participación de la empresa en la represión y del funcionamiento de un destacamento policial que fue usado como centro clandestino de detención. En 1985, la sentencia del Juicio a las Juntas, primera comprobación judicial del plan sistemático de exterminio desplegado por la dictadura, logró determinar los secuestros de varios trabajadores de Mercedes Benz.

La represión a los trabajadores también fue puesta de manifiesto en testimonios brindados en los Juicios por la Verdad. En 1998, un trabajador de Alpargatas explicó que fue secuestrado durante una huelga y que los policías que se lo llevaron le dijeron “que los tenía que acompañar porque había una denuncia de la fábrica de alpargatas”. En el año 2003, otro trabajador relató que al volver a la fábrica luego de su secuestro el jefe de personal le dijo “no, quedate tranquilo… con vos no tenemos nada… ”.

Las investigaciones del secuestro y desaparición de trabajadores de las empresas Ford y Mercedes Benz comenzaron en 2002, con los primeros pasos de la reapertura judicial de las causas por delitos de lesa humanidad luego del periodo de impunidad que se había iniciado a mediados de los años 80 con las leyes de Obediencia Debida y Punto Final. En ambos casos había ya gran cantidad de elementos que apuntaban a directivos de las empresas.

Durante la transición democrática, las Fuerzas Armas fueron identificadas como el principal actor responsable del terrorismo de Estado. Desde la década del 90, y con más impulso a principios de 2000, se instaló públicamente como una clave central de este proceso la responsabilidad en los hechos de sectores de la sociedad, la prensa, la Iglesia y la clase política. En la última década, la consolidación del juzgamiento de los miembros de las Fuerzas Armadas y de seguridad y la reconstrucción de la verdad permitieron avanzar en el esclarecimiento de las responsabilidades de sectores civiles.

En 2012 se dictaron resoluciones judiciales contra empresarios y personal jerárquico por el secuestro y las torturas padecidas por sus trabajadores. Carlos Pedro Blaquier y Alberto Lemos, presidente del directorio y administrador general del Ingenio Ledesma, respectivamente, fueron procesados. La decisión fue confirmada por la Cámara Federal de Apelaciones de Salta. Sin embargo, en 2015 la Cámara Federal de Casación Penal los benefició con una falta de mérito. De esta manera se pusieron en evidencia las resistencias que existen para el juzgamiento del poder económico.

En 2013, en la investigación judicial sobre la Compañía Minera Aguilar S.A. de Jujuy,  personal jerárquico de la empresa, fueron procesados por aportar información para identificar víctimas y vehículos para secuestrarlas. Las huelgas que llevaron adelante los mineros, antes del golpe de Estado, tuvieron estrecha relación con el cautiverio de sus protagonistas en plena dictadura.

Ese mismo año, los directivos de la empresa Ford, Pedro Muller, Guillermo Galarraga y Francisco Jesús Sibilla, fueron procesados por “haber facilitado los datos personales de cada uno de los empleados involucrados, junto a sus fotografías-glosadas a legajos personales de la empresa- y domicilios particulares, para que de esa forma puedan ser habidos” y “haber permitido que se montara un centro de detención en el interior del predio de esa fábrica, en los sectores del Campo Recreativo y/o de Deporte, para que sus dependientes fueran interrogados”. En ese lugar varios trabajadores fueron “golpeados, maniatados, tapándoseles sus rostros para que no pudieran observar lo que ocurría y golpeados por el personal que intervino”. En la resolución judicial se destaca la importancia del análisis del contexto político y social y se puntualiza que “la eficiencia y productividad tan añorada por los empresarios se topaba con un enemigo puntual, la ‘comisión interna’, y pareciera que este análisis de la situación fue compartida con las fuerzas armadas que usurparon los poderes donde se objetiva el Estado, ya que según las estadísticas de la Comisión Nacional sobre Desaparición de Personas fueron los obreros quienes más sufrieron la violencia del régimen”. En la actualidad, numerosas investigaciones judiciales intentan desentrañar las responsabilidades penales de actores económicos. Así ocurre con las empresas La Nueva Provincia, Dálmine Siderca, Propulsora Siderúrgica S.A., Acindar, Loma Negra, Las Marías, Astilleros Astarsa y Mestrina, las ceramistas Cattáneo y Losadur y Molinos Río de la Plata.

En marzo de 2016 el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Salta condenó al dueño de La Veloz del Norte, Marcos Levin, por el secuestro  de Víctor Cobos,  delegado gremial de la empresa. Se trata del primer caso en el que un empresario es condenado por este tipo de delitos en el país. Los testimonios de los trabajadores de la empresa que fueron secuestrados dieron cuenta de la participación de Levin en los hechos: estuvo en el lugar de las torturas, daba órdenes a quienes las consumaban, había amenazado a los trabajadores antes de sus secuestros y aportó vehículos para trasladarlos a la comisaría donde fueron torturados.

 

La construcción de una memoria de los trabajadores

En paralelo, el proceso de aparición en la escena pública de los trabajadores y militantes sindicales como víctimas de la última dictadura cívico-militar fue gradual y permanece inconcluso. Aunque la trama de complicidades civiles y las prácticas represivas contra los trabajadores ya habían sido mencionadas desde los primeros años de la democracia, la cuestión no logró alcanzar un grado sustantivo de visibilidad.

Hasta mediados de la década de 1990, prevaleció en la escena pública la lectura sobre las desapariciones que propuso el prólogo del Nunca Más en el inicio de la transición. La representación de los obreros desaparecidos se articuló en torno de una tendencia narrativa humanitaria, que no historizaba las confrontaciones sociales y políticas, y que presentaba a las víctimas a partir de sus datos identitarios básicos, excluyendo las diferentes formas de militancia.

Recién en el vigésimo aniversario del golpe, las desapariciones de trabajadores y sindicalistas comenzaron a tener un mayor peso específico en los debates en torno del pasado reciente y se transformaron en materia de investigación en el ámbito académico, periodístico y también sindical. Podemos destacar el informe de 1998 que presentó la Central de Trabajadores Argentinos (CTA) ante el juez Baltasar Garzón en España, en reclamo por los trabajadores víctimas del terrorismo de Estado.

Los testimonios que forman parte del presente trabajo permiten reconstruir algunas claves del desfasaje entre la  represión sin precedentes, tanto en términos cualitativos como cuantitativos, sobre la clase obrera y el movimiento sindical (miles de trabajadores, dirigentes y activistas asesinados, presos, desaparecidos, exiliados), y la escasa jerarquía de esta situación en la narrativa preponderante de derechos humanos en la Argentina.

En primer lugar, la responsabilidad de los empresarios respecto de las prácticas represivas padecidas por los trabajadores desafía la visión canónica del terrorismo de Estado: vincula el ejercicio del terror a la imposición de un proyecto político y económico regresivo que implicó el compromiso decisivo de actores civiles. Cuestiona la idea de una “sociedad inocente” frente a fuerzas violentas contrapuestas, que primó en la escena pública desde 1983.  Como señala el historiador y periodista Alejandro Jasinski: “hablar de estrategia empresarial y de responsabilidad en los crímenes de lesa humanidad, pone el problema en otra perspectiva. Por un lado, el foco no está puesto exclusivamente en la lucha de las organizaciones revolucionarias y el Ejército, sino en la formación de fuerzas sociales ordenadas en buena medida por esa disputa fundamental entre capital y trabajo. En referencia estricta al rol de los empresarios en la represión contra los trabajadores, se quita a aquellos de un rol secundario o subsidiario (que implicaría una noción de complicidad): su involucramiento fue decisivo”[1].

También impugna el concepto despolitizado, desideologizado y desclasado de víctima que fue central en el relato predominante pos-dictadura. Como señala el sociólogo Emilio Crenzel “la denuncia en términos histórico-políticos de la violencia de Estado y su relación con el orden social o con los grupos de poder fue sustituida por la descripción fáctica y en detalle de los secuestros, las torturas padecidas, las características de los lugares de cautiverio, la precisión de los nombres de los cautivos y de los responsables de las violaciones”. Este relato construido en perspectiva centralmente humanitaria “reforzó la invisibilización de los obreros desaparecidos e imposibilitó el registro en profundidad de las especificidades que asumió la represión de Estado contra los obreros y los trabajadores en general desdibujando el perfil de clase de la dictadura y, al mismo tiempo, de los desaparecidos”[2].

Por otro lado, la represión contra los trabajadores cuestiona la periodización clásica impuesta en el período de la transición y “desvía” la acusación hacia otros actores influyentes en el período previo al golpe de Estado de 1976: las corporaciones económicas, la burocracia sindical y sectores políticos. Desarma las temporalidades excluyentes entre dictadura y democracia sobre las que se ha sostenido el relato público y echa luz sobre la conflictividad específica que atravesaba la relación entre el capital y el trabajo en la etapa previa a la imposición masiva y sistemática del terrorismo de Estado.

El relato de los trabajadores subvierte también el imperativo moral de la solidaridad de clase: ingresa permanentemente en la denuncia de la inacción o complicidad de varios jerarcas sindicales con la patronal que se extiende en muchos casos hasta el presente.  En contrapartida, los testimonios permiten entrever que el proceso de justicia ha permitido fortalecer en esta etapa los lazos entre organismos de derechos humanos y sindicatos, algunos de los cuales se han presentado como querellantes en las causas o contribuido con el aporte de información documental que ha servido como prueba en los juicios.

La mayoría de los entrevistados asume que los trabajadores, sus cuerpos de delegados, las comisiones internas y activistas fueron las víctimas principales del terrorismo de Estado, pero no siente la necesidad de reivindicar una memoria peculiar, sino que se reconoce como parte del universo de persecuciones, cárcel y desapariciones que padeció la mayoría de los militantes. Sin embargo, su relato es disruptivo, no sólo por lo que cuestiona sino por lo que ilumina.

En particular, hemos querido destacar en este trabajo en qué medida los juicios por delitos de lesa humanidad que investigan las responsabilidades de los actores empresarios han permitido reconstruir redes de solidaridad entre los trabajadores víctimas y contribuyen a la producción de un relato social que los visibiliza como sujetos políticos  atravesados por una conflictividad específica: la del capital y el trabajo, y objeto central, en esa condición, de la represión de Estado.

 

Esta investigación es tributaria de otra mayor, Responsabilidad empresarial en delitos de lesa humanidad. Represión a trabajadores durante el terrorismo de Estado, realizada en conjunto por la Secretaría de Derechos Humanos y el Programa Verdad y Justicia -Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación-, el Área de Economía y Tecnología de la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales (FLACSO) y el CELS, entre 2014 y 2015.

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